Visas J1: Programas de Intercambio

Posted on 10:04


Esta categoría de Visa ha sido designada para aplicantes que planean participar en programas aprobados por el Departamento de Estado para enseñar, estudiar, investigar, demostrar habilidades especiales,  recibir entrenamiento, o para participar en un programa para recibir educación médica para graduados.

Esta categoría también incluye programas aprobados por el Departamento de Estado para  emplear personas en firmas, instituciones u otras agencias; para pasantías que ofrezcan entrenamiento especializado en un área por periodos que no excedan los 18 meses. También podrá admitirse la participación  en programas para aprendizaje de la lengua y seminarios, talleres o cursos cortos directamente relacionados a las pasantía  También habilita a visitantes a viajar por observaciones ligadas a las pasantías, entrenamiento en Estados Unidos en técnicas y metodologías de una determinada área, contactar colegas Americanos  y promover intercambios culturales entre trabajadores, profesionales, investigadores y estudiantes siempre y cuando estos viajes respondan al interés general del intercambio internacional.   Esto podría incluir consejeros de campamento,  algunos trabajos de temporada  como en algún centro de deportes invernales o en campamentos de verano, o como Au pairs.

Antes de aplicar para la visa, el interesado debe haber sido aceptado en un programa autorizado. Evidencia de ello es obtener el formulario DS-2019 enviado directamente al aplicante por el Auspiciante  del programa,  Además el estudiante debe estar registrado en el Sistema de Información para Estudiantes y Beneficiarios de Programas de Intercambio (SEVIS). Su escuela o programa debe registrarlo en SEVIS.

Al aplicar para la visa, probablemente se le solicite  presentar  ademas de lo antes mencionado, evidencia y documentos que establezcan sus propositos y calificaciones para participr en el   programa, ademas de  pruebas de lazos con su  pais de residencia, al cual debera regresar luego de su estadia en los Estados Unidos.

Esposos e hijos menores de 21 años, pueden aplicar como dependientes del titular de la visa (matrimonios de hecho no son aceptados en este tramite). Cada dependiente debera completar su propia solicitud y abonar el correspondiente arancel de visa.